Se pone en conocimiento de la población la información de ayudas del Estado ante situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica como las lluvias e inundaciones sufridas el 28 de septiembre de 2025
Existen ayudas contempladas por el Ministerio del Interior y reguladas en el RD 307/2005 de 18 de marzo, que siempre se pueden pedir dentro del plazo de un mes desde el hecho causante, en este caso el 28 de septiembre, por lo que todos aquellos afectados por estas tormentas que reúnan los requisitos para solicitarlas ya lo pueden hacer.
Hay un folleto informativo de las Ayudas del R.D. 307/2005 donde consta además la página web a visitar para encontrar toda la información y los requisitos para solicitarlas, y además existe una guía interpretativa elaborada importante de cara a saber quiénes pueden pedir estas ayudas, ya que están dirigidas principalmente a personas con escasos ingresos económicos.
En el caso de daños en sector agrario por adversidades climáticas, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación cuenta con el Sistema de Seguros Agrarios Combinados, siendo este el instrumento más eficaz para hacer frente a las pérdidas, además de la posibilidad de tomar una serie de medidas de oficio para mejorar la capacidad de respuesta de los agricultores, como por ejemplo propuestas al Ministerio de Hacienda para medidas sobre el IRPF o líneas de financiación para acceder al crédito, por lo que igualmente los afectados y las administraciones locales se pueden dirigir a dicho Ministerio de Agricultura instándole a que adopte dichas medidas, acreditando la oportunidad y proporcionalidad de la medida.
En cualquier caso, las personas afectadas en primera instancia se deben dirigir siempre a los seguros que tengan contratados y al Consorcio de Seguros cuando dicho consorcio sea el responsable de tramitar el pago por los daños que asume, como es el caso de los daños provocados por el agua con ocasión de una avenida torrencial.
Por otro lado, la Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil regula la declaración de Zona Gravemente Afectada por una Emergencia de Protección Civil.
Ante cualquier duda o aclaración, exclusivamente en la siguiente dirección de correo electrónico: proteccioncivil.zaragoza@correo.gob.es





